La mercantilización del deporte de élite y concretamente del fútbol

Desde hace unos años en el deporte de élite, y concretamente en el fútbol, la gran mayoría de clubes en España se configuran como Sociedades Anónimas Deportivas (S.A.D) salvo el Real Madrid CF, FC Barcelona, Athletic Club de Bilbao y CA Osasuna.

La Sociedad Anónima Deportiva es una figura jurídica constituida en 1990 para propiciar la transparencia de los clubes de fútbol en su actividad económica y mercantil. Hasta ese momento todos los equipos eran asociaciones donde ni los socios ni los administradores respondían con su patrimonio de las pérdidas repetidas. Dado que en la década de 1980 muchos clubes profesionalizados estaban en situación de quiebra, absorbían recursos de entes públicos que los trataban como asociaciones con alguna función social y la existencia de elevados impagos de estos con Hacienda y Seguridad Social; el gobierno de Felipe González estimuló la creación de esta Ley del Deporte para permitirles autonomía financiera.

Poniéndonos en ese contexto y viendo la evolución del fútbol profesional en España, no hay duda de la mercantilización de este. El miércoles pasado, cinco de mayo, se publicó la resolución del Consejo Superior de Deportes previo informe preceptivo de LaLiga, donde se establece la cuantía de capital social mínimo que deberán aprobar aquellos clubes de Segunda División B que disputen en las próximas semanas el play-off de ascenso a LaLiga Smartbank y todavía no estén constituidos en sociedad anónima deportiva para convertirse en estas mismas.

La cifra es 4.713.996,56 euros. Este capital mínimo resultante es la suma de dos conceptos:

  1. Calculando el 25% de la media de gastos (incluidas amortizaciones) de los clubes de la penúltima temporada de LaLiga Smartbank, exceptuando los dos clubes con mayor y menor gasto.
  • El segundo sumando se determinará en función de los saldos patrimoniales netos negativos que, en su caso, arroje el balance, que forma parte de las cuentas anuales. El Real Decreto 1251/1999 sobre Sociedades Anónimas Deportivas para la modalidad de fútbol (que es donde se regula esta conversión jurídica) estipula que cuando el primer sumando sea inferior al segundo, el capital social mínimo se fijará por el duplo del segundo.

Uno de los clubes que disputará el play-off para ascender a LaLiga Smartbank y ya ha culminado su conversión, recientemente, a SAD es la Unión Deportiva Ibiza y habrá que ver que sucede con otros equipos pertenecientes a esa corriente social denominada fútbol popular, iniciada en España por el Atlético Club de Socios, y con aspiraciones de ascenso como es el caso de los Unionistas de Salamanca Club de Fútbol. Lo que es el fútbol popular no podía estar mejor definida que en estas palabras de Antón Guerrero, socio fundador del FC Tarraco: “El fútbol popular es aquel que huye del statu quo actual del deporte rey para refugiarse en unos modelos de gestión, bien sea accionariado popular, bien sea un modelo de socios tradicional pero con el poder más repartido, y unas maneras de entender el fútbol que distan mucho del modelo imperante. Los pilares de este fútbol serían el poder del aficionado, el respeto por el mismo y la vocación social”.

¿Qué es exactamente una Sociedad Anónima Deportiva (S.A.D)? ¿Por qué la mayor parte de entidades deportivas han adoptado esta forma jurídica?

Una Sociedad Anónima Deportiva (también conocida como S.A.D) es un tipo especial de sociedad anónima en España, que fue creado a través de la Ley 10/1990, de 15 de octubre (Ley del Deporte) y que fue desarrollado mediante el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas.

El artículo 19 de la Ley del Deporte señala que deben establecerse como Sociedades Anónimas Deportivas todos aquellos clubes o equipos que participen en competiciones oficiales de carácter profesional y de ámbito nacional. Por tanto, todos los equipos de fútbol de LaLiga Santander y LaLiga Smartbank deberían ser S.A.D.

Sin embargo, la normativa también acepta determinadas excepciones. En concreto, aquellos clubes de fútbol o baloncesto que participan en competiciones profesionales y nacionales, que pueden adoptar otra forma jurídica siempre y cuando hayan obtenido un saldo de patrimonio neto positivo en las auditorías realizadas por la LaLiga o la ACB desde la temporada 1985/1986.

La normativa básica que rige este tipo de sociedades es la Ley de Sociedades Anónimas, desarrollada por la normativa por la Ley del Deporte y la Ley de Sociedades de Capital aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

Una de las grandes diferencias de las Sociedades Anónimas Deportivas respecto al resto de sociedades es que las primeras están sometidas a un control estatal, por parte de entidades como el Consejo Superior de Deportes o de la Federación propia de cada deporte.

En general, las principales características de las S.A.D y que las diferencian de otros clubes deportivos son:

1) El objetivo principal es el ánimo de lucro, lo que significa obtener beneficios.

2) Los propietarios de las S.A.D son los accionistas e inversores, mientras que en los clubes deportivos tradicionales son los socios.

3) Los accionistas eligen un consejo de administración para que les represente. Sin embargo, en los clubes deportivos las decisiones son tomadas por los socios mediante Asamblea General.

4) Las S.A.D solo pueden participar en una modalidad deportiva bajo la misma denominación.

5) Para poder formar una S.A.D en determinada disciplina deportiva, es necesario que exista en España una categoría profesional en dicha disciplina

6) El capital social de una S.A.D no podrá ser, en ningún caso, menor al fijado por ley para el resto de Sociedades Anónimas.

7) Para su constitución, las S.A.D deberán ser inscritas en Registro de Asociaciones Deportivas correspondiente y en la Federación relativa a su disciplina.

8) Al contrario que los clubes deportivos, las Sociedades Anónimas Deportivas sí pueden cotizar en Bolsa.

Está claro que los clubes profesionales del más alto nivel necesitan una cantidad de ingresos estratosféricos para cubrir unos gastos desorbitados donde van incluidas las nóminas de los jugadores entre otras cuentas. Por ende, los clubes de fútbol se asimilan a grandes empresas y toman decisiones meramente lucrativas alienándose de sus aficionados que cada vez sienten como menos suyo el equipo de sus amores.

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